NUEVO RÉGIMEN DE RETENCIONES DEL IRPF PARA LOS ABOGADOS DEL TURNO DE OFICIO

05.07.2014 20:56

El Real Decreto-Ley 8/2014 de 4 de julio (BOE nº 163, de 5 de julio de 2014), modifica las retenciones e ingresos a cuenta sobre determinados rendimientos de actividades profesionales, en relación con las indemnizaciones que perciban los Letrados de Turno de Oficio, se aplicará el tipo general vigente y que actualmente es del 21%, salvo que el letrado presente escrito dirigido a su colegio, por el que solicite de forma expresa la aplicación del tipo reducido en aplicación de este precepto, adjuntando escrito de manifestaciones en el que haga constar que en el ejercicio inmediato anterior, cumple los requisitos establecidos. Más información